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Publicado: 07/27/2010
La Ley Anticorrupción.
Ref. Breves. Lavado de Dinero. Es un proyecto presentado por el diputado argentino Carlos Vega, presidente de la Comisión de Legislación Penal del Congreso de la Nación.
Hay un proyecto de ley que modifica el código penal para castigar con duras penas los casos de corrupción, tanto de funcionarios como de empresas involucrados.
La iniciativa se basa en un proyecto del presidente de la Comisión de Legislación Penal, Juan Carlos Vega, y es conocido como "ley penal anticorrupción".
La nueva norma insiste en el tema largamente esperado por la sociedad de que las empresas, como "personas jurídicas", reciban sanciónes penales y económicas si participan en casos de corrupción. Los castigos irán desde la suspensión temporal o permanente de la personería jurídica y la aplicación de multas proporcionales al monto del delito y las ganancias que las empresas implicadas hayan obtenido en un año.
Los funcionarios corruptos tendrán penas mayores y más severas, que dependerán del cargo que ocupe el imputado y el daño que provoque su delito. Si el culpable es funcionario estatal, legislador nacional, ministro, gobernador o presidente de la Nación, la pena puede ir de 4 a 15 años de prisión. El delito de corrupción actualmente es excarcelable, pero si el proyecto progresa, dejaría de serlo. En la actualidad las penas vigentes van de uno a ocho años. También se ampliará el castigo para los jueces corruptos: pasará de 4 a 12 años. Y la pena se agravará aún más si el caso de corrupción afecta un servicio público esencial. En este proyecto, también se introduce la figura del "arrepentido", cuyo caso será tratado con muchisima prudencia, siempre y cuando el delito que cometió sea menos grave que el que denuncie.
Se apunta tambien a que se decomisen los bienes con los que se beneficiaron los acusados (tanto funcionarios públicos como empresa), aún sin condena firme de los acusados.
"Mas allá de la razón de ética moral y republicana que exige combatir la corrupción, debe saberse que ésta impacta decisivamente en los procesos económicos", dijo Vega.
Los llamados "delitos del poder, que es la corrupción" de ahora en adelante no quedarán impunes como hasta ahora, ya que con la sancion de esta ley, se procederá a defender la transparencia en la actuación de funcionarios públicos y privados.
Por otro lado, también se debatirá en la Comisión de Legislación Penal, presidida por el diputado Juan Carlos Vega (Coalición Cívica-Córdoba), otro tema que es LA LEY DE REFORMA TRIBUTARIA. Este análisis, iniciativa del Gobierno para reformarla, busca "castigar con penas de hasta 6 años de cárcel a aquellos que evadan de manera deliberada el pago impuestos, más allá del monto que sea".
La propuesta anunciada por el Poder Ejecutivo contempla que "si se detecta que hay una maniobra para evadir el pago de impuestos, en el caso de evasión simple la condena va de 2 a 6 años y en el caso de la evasión agravada, las condenas van de 3 años y medio a 9 años de cárcel".
Además, la iniciativa adecúa el monto tope para la evasión impositiva simple, al incrementarla de los $100.000 actuales a $1.000.000.
A su vez, eleva el total evadido a 1 millón de pesos que se computará sumando el importe final de los impuestos evadidos por período, sin ninguna diferenciación entre ellos.
El proyecto prevé también la incorporación como figura ilícita penal tributaria a las evasiones concretadas contra el Gobierno porteño y los gobiernos provinciales.
En este último caso, la justicia ordinaria actuará en los casos presentados a nivel provincial, mientras que para la órbita del Gobierno nacional seguirá actuando la justicia federal.
El proyecto eleva de 2 a 6 años la pena de prisión en el caso de evasión simple; mientras que serán comprendidos bajo la figura de evasión agravada "los que falseen declaraciones o mientan en los montos declarados".
Se busca a traves de esta reforma, ampliar la intervención procesal de la AFIP para casos de mayor relevancia, ya que los indicadores de evolución total de las causas demuestran que "cuando participa el organismo fiscal -como querellante- se obtiene una exponencial mejora en los índices de condenabilidad".
Otro delito que se incorpora es la adulteración de controladores fiscales y cualquier otro sistema homologado o suministrado por el fisco.
Con relación al aprovechamiento indebido de subsidios, la normativa vigente sanciona a quienes utilicen reintegros, recuperos o devoluciones otorgadas por el Gobierno Nacional.
También se elevaron los montos en la falta de ingreso de las retenciones tributarias y de los aportes previsionales (de $10.000 a $20.000 por mes); y de la evasión previsional simple (de 20.000 a 50.000 pesos), manteniéndose como agravante para esta.
Fuente/Autor: Comentario Griselda Jatib/
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