El TJUE ha dictado sentencia en el asunto T 175/12, Deutsche Börse AG c. Comisión (CE). Este asunto tiene como antecedente el proyecto de concentración de las sociedades, Deutsche Börse y NYSE Euronext, cuyo objetivo era la creación de una sociedad de Derecho neerlandés, HoldCo.
Ésta debía adquirir, en el marco de una oferta pública de adquisición, todos los títulos en circulación emitidos por Deutsche Börse a cambio de sus propios títulos.
Al cierre de la oferta, una sociedad de Derecho estadounidense, de nueva creación y cuyo titular exclusivo era HoldCo, debía fusionarse con NYSE Euronext, la cual debía pasar a ser una filial de la que era titular exclusivo HoldCo.
La Comisión declaró, mediante decisión del 1 de febrero de 2012, la incompatibilidad de la operación de concentración con el mercado interior, concluyendo en su Decisión que el proyecto de concentración obstaculizaría de manera significativa la competencia efectiva, creando una posición dominante o una situación de cuasi monopolio.
Tras la Decisión de la CE, Deustche Börse interpuso un recurso ante el TJUE solicitando la anulación de la citada Decisión.
El TJUE considera, por un lado, que ninguna de las alegaciones formuladas por Deutsche Börse permite desvirtuar las conclusiones de la Comisión sobre la definición del mercado pertinente.
La Comisión no cometió errores de derecho ni de apreciación al considerar que los productos derivados que cotizan en bolsa (ETD) y los productos derivados objeto de transacciones extrabursátiles (OTC) forman parte de mercados distintos.
Por otro lado, el TJUE rechaza las alegaciones de Deutsche Börse relativas a los aumentos de eficacia que la operación de concentración habría podido aportar y a los compromisos contraídos por las sociedades para contrarrestar las considerables restricciones a una competencia efectiva.
Así, el TJUE desestima el recurso interpuesto por Deustche Börse y le condena en costas.
► Autor: TJUE
► Fuente: TJUE
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