FALLO COMPLETO.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIóN. FALLO RIZZO.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/18/2013, CIFRADO COMO A00376671119 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Corte Suprema de Justicia de la Nación: Rizzo, Jorge Gabriel (apoderado Lista 3 Gente de Derecho) s/ acción de amparo c/ Poder Ejecutivo Nacional, ley 26.855, medida cautelar {Expte. N° 3034/13). Cuestión: Inconstitucionalidad de los artículos 2°, 4°, 18 y 30 de la ley 26.855 y del decreto del Poder Ejecutivo n° 577/2013. Fecha: 18-JUN-2013.
FALLO COMPLETO.
ORDENAN AL PAMI DAR COBERTURA A UN TRATAMIENTO MéDICO EXPERIMENTAL.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/18/2013, CIFRADO COMO A00376670218 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Lo dispuso la jueza federal Martina Isabel Forns. Fue en una acción de amparo iniciada por una mujer que padece angiocarcinoma hepático. Para la magistrada, la negativa de cobertura del tratamiento “restringe su derecho a la salud y a la vida misma”.
FALLO COMPLETO.
CáMARA DE APELACIóN EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE MAR DEL PLATA.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/18/2013, CIFRADO COMO A00376669317 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata. Proceso contencioso administrativo. Inadmisibilidad de la pretensión. Individualización del acto definitivo y final. Con fecha 13 de junio de 2013, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en Mar del Plata dictó sentencia en la causa C-3745-NE1 "TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. c. MUNICIPALIDAD DE NECOCHEA s. PRETENSION ANULATORIA" haciendo lugar a la apelación articulada por la actora y revocando la sentencia de grado que había decretado la inadmisibilidad de la pretensión.
FALLO COMPLETO.
CáMARA SEGUNDA CIVIL Y COMERCIAL, SALA II DE LA PLATA.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/18/2013, CIFRADO COMO A00376668416 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Cámara Segunda Civil y Comercial, Sala II de La Plata. Adopción. Declaración de adoptabilidad.
Con fecha 23 de Mayo de 2013, La Cámara Segunda en lo Civil y Comercial, Sala II de La Plata en la causa " G.T. s/ Abrigo", resolvió revocar la sentencia apelada, la que se deja sin efecto. Asimismo, se ordena reintegrar a los niños a su madre, que deberá ser supervisado por el juzgado de la instancia anterior.
FALLO - SUMARIO.

FALLO RIZZO CPACF CONTRA REFORMA EN EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/17/2013, CIFRADO COMO A00376667515 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 2. CAUSA N° 21.897/2013, Autos: RIZZO JORGE GABRIEL Y OTRO c/ EN - PEN - LEY 26.855 s/ AMPARO LEY 16.986. Cuestión: reforma del Consejo de la Magistratura de la Nación, se solicita la inconstitucionalidad de los arts. 1, 2, 4, 6, 18, 30 de la ley 26.855.- Fecha: 17-JUN-2013.
FALLO COMPLETO.
FALLO HIZO LUGAR A UNA ACCIóN DE AMPARO POR ACCESO A LA INFORMACIóN PúBLICA.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/17/2013, CIFRADO COMO A00376666614 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. La jueza federal María José Sarmiento ordenó al Estado Nacional entregar copia de contratos entre Radio y Televisión SE y Pensado Para Televisión SA, correspondientes a los años 2010, 2011 y 2012. Fue ante la presentación de una periodista.
FALLO COMPLETO.
CáMARA DE APELACIóN EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE MAR DEL PLATA.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/17/2013, CIFRADO COMO A00376665713 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata. Competencia contencioso administrativa. Recurso de apelación contra sentencia de juez en lo correccional que revisa multa impuesta por el O.P.D.S.
Con fecha 6 de junio de 2013, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en Mar del Plata dictó resolución en la causa C-3447-BB0 "PETROBRAS ENERGIA S.A. s. APELA RESOLUCION DICTADA POR O.P.D.S. EN EXPTE. 825/10" declarándose competente para intervenir como alzada en el recurso de apelación contra la sentencia del Juez en lo Correccional que revisara una multa fijada por el O.P.D.S. por infracción al art. 10 del Decreto 3395/96 reglamentario de la ley 5965.
FALLO COMPLETO.
CáMARA DE APELACIóN EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE MAR DEL PLATA.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/17/2013, CIFRADO COMO A00376664812 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata. Amparo. Legitimación del vecino: utilización de bienes del dominio público en condiciones de seguridad.
Con fecha 11 de junio de 2013, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en Mar del Plata dictó sentencia en la causa A-4084-DO0 "PIACENTINI, DIEGO c. MUNICIPALIDAD DE VILLA GESELL s. AMPARO", rechazando el recurso de apelación del Municipio y confirmando la sentencia de grado que hizo lugar al amparo presentado por un vecino.
CAPACITACIóN AIE UTSUPRA
CAPACITACIóN. FINANZAS PERSONALES.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/17/2013, CIFRADO COMO A00376663911 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Capacitación AIE. www.aiele.org. LLB Programmes. Finanzas Personales. Un Camino Hacia la Libertad Financiera. 5 de Agosto al 23 de Septiembre, 18:30 a 20:30 hs. Incluye certificación y coffee break.
FALLO COMPLETO.
CáMARA CIVIL Y COMERCIAL DE PERGAMINO .
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/17/2013, CIFRADO COMO A00376663010 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Cámara Civil y Comercial de Pergamino . Reivindicación. Excepción de usucapión. Recaudos. Carga probatoria. Prueba compuesta.
Con fecha 29 de Mayo de 2013, la Cámar Civil y Comercial de Pergamino, en la causa " Calabría, ruben Jorge contra De la Sota, cristian Gabriel s/ Reivindicación", resolvió rechazar el recurso de apelación deducido por el demandado reconveniente, y en consecuencia confirmar el fallo apelado en todas sus partes.
NORMATIVA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/14/2013, CIFRADO COMO A00376662109 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Resolución 1369/13. Agilización del trámite de pago de la Tasa: utilización de Formulario electrónico generado en el sitio Web de la Suprema Corte, a partir del 17 de junio de 2013.
Con fecha 12 de junio de 2013, la Suprema Corte dispuso – a partir del día 17 de junio de 2013- la utilización del Formulario electrónico generado en el sitio WEB de la Suprema Corte de Justicia, para efectuar el pago de la Tasa Retributiva por Servicios Judiciales, conforme Anexo que forma parte de la presente, y que fuera aprobado por Resolución de Presidencia Nº 38/13.
NOTICIAS
ESCRITO DE CONTESTACIóN DEL PERSALTUM POR INCONSITUTCIONALIDAD LEY 26.855 EN FALLO RIZZO GENTE DE DERECHO.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/14/2013, CIFRADO COMO A00376661208 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Escrito de contestación presentado ante el persaltum solicitado por el Gobierno Nacional, en el fallo Rizzo - Gente de Derecho, por inconstitucionalidad de la ley 26.855, arts. 2, 4, 18 y 30.
FALLO COMPLETO.
CáMARA CIVIL Y COMERCIAL DE DOLORES.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/14/2013, CIFRADO COMO A00376660307 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Cámara Civil y Comercial de Dolores. Quiebra. Síndico. Legitimación. Desalojo. Bien de familia.
Con fecha 5 de junio de 2013, la Cámara Civil y Comercial de Dolores en la causa " Oillataguerre, Juan Alfredo s/ Quiebra", revocó la sentencia apelada que hizo lugar a la desafectación del bien de familia solicitado por el Síndico.
FALLO COMPLETO.
CáMARA CIVIL Y COMERCIAL, SALA I DE AZUL.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/14/2013, CIFRADO COMO A00376659406 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Cámara Civil y Comercial, Sala I de Azul. Prescripción adquisitiva. Boleto de compraventa. Valor probatorio.
Con fecha 11 de junio de 2013, la Cámara Civil y Comercial, Sala I de Azul, en la causa " Zouza, Ruben Edgardo contra Buglione Sociedad Anónima Ind. y Com. s/ Prescripción adquisitiva", en materia de valor probatorio de un boleto de compraventa en un proceso de usucapión, resolvió confirmar la sentencia de grado e imponer las costas de alzada al recurrente vencido.
NOTICIAS
ELECCIONES 2013: LA CáMARA ELECTORAL SE REúNE CON REPRESENTANTES DE ONGS PARA TRATAR MONITOREO DE COMICIOS.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/13/2013, CIFRADO COMO A00376658505 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Será este jueves a las 14. Del encuentro participarán organizaciones no gubernamentales. El tribunal informará respecto de los mecanismos de acompañamiento cívico para las próximas elecciones legislativas.
NOTICIAS
CONTINúA ABIERTA LA INSCRIPCIóN PARA POSTULANTES A AUTORIDAD DE MESA EN EL DISTRITO CAPITAL FEDERAL.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/13/2013, CIFRADO COMO A00376657604 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. La jueza federal María Servini de Cubría informó que la inscripción se realiza en forma personal con el DNI en Tucumán 1320, subsuelo, de lunes a viernes, de 7.30 a 16.30. Aclaró que los aspirantes no deben estar afiliados a partidos políticos.
FALLO COMPLETO.
FALLO RIZZO GENTE DE DERECHO CONTRA LA REFORMA JUDICIAL.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/12/2013, CIFRADO COMO A00376656703 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1, Secretaría Electoral de la Capital Federal. Autos: Rizzo, Jorge Gabriel (Apoderado Lista 3 Gente de Derecho) s/ Acción de Amparo c/ Poder Ejecutivo Nacional – Ley 26.855 – Medida Cautelar. Expte Nº 3034/13. Magistrado: María Servini de Cubría.
NORMATIVA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/11/2013, CIFRADO COMO A00376655802 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Resolución (p120584). Presentación de Defensor Fuero Responsabilidad Penal Juvenil. Acción o recurso ajeno a la competencia de la Suprema Corte de Justicia (art. 161 inc. 1 a 3). Requerimiento a la Procuración General.
Con fecha 5 de junio de 2013, la Suprema Corte de Justicia, en la causa P. 120.584, caratulada: "Axat Della Croce, Julián. Def. Oficial s/ Su presentación", resolvió declarar que lo postulado en el escrito presentado no constituye acción o recurso que se incluya en la competencia de la Suprema Corte de Justicia (arts. 161 C. provincial, 479 y conc. del C.P.P.). Asimismo, dispuso requerir a la Procuración General informe sobre las alternativas y el resultado de las medidas adoptadas en relación a la comunicación efectuada a fs.14/15, a cuyo fin ordenó la remisión de copia certificada de lo actuado a la Secretaría de Servicios Jurisdiccionales del Tribunal para la formación de las actuaciones pertinentes en dicho ámbito.
NORMATIVA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/11/2013, CIFRADO COMO A00376654901 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Resolución 362/13. Asuetos con suspensión de términos del mes de junio de 2013 por motivos de creación, fundación, autonomía, patronal, etc.
Con fecha 23 de abril de 2013, la Presidencia de la Suprema Corte dispuso asueto judicial con suspensión de los términos procesales –en las fechas y por los motivos que en cada caso se indican- en los organismos y dependencias con sede en las ciudades y partidos que se detallan, sin perjuicio de la validez de los actos que se cumplan.
FALLO COMPLETO.
CáMARA CIVIL Y COMERCIAL DE PERGAMINO .
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/11/2013, CIFRADO COMO A00376654000 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Cámara Civil y Comercial de Pergamino . Beneficio de Litigar sin Gastos. Carga probatoria. Concesión parcial.
Con fecha 29 de Mayo de 2013, la Cámara Civil y Comercial de Pergamino, en la causa " Cappelletti, Carlos Emilio contra Silva, Cornelia s( Beneficio de Litigar sin Gastos", resolvió hacer lugar parcialmente al recurso interpuesto y en consecuencia conceder el beneficio de litigar sin gastos en un 50%.
FALLO COMPLETO.
CáMARA CIVIL Y COMERCIAL DE PERGAMINO .
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/11/2013, CIFRADO COMO A00376652298 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Cámara Civil y Comercial de Pergamino . Usucapión. Recaudos. Carga probatoria. Prueba compuesta.
Con fecha 28 de Mayo de 2013, la Cámara Civil y Comercial de Pergamino en la causa " Landriel, Juan Carlos contra Arias, Pedro Lorenzo s/ Prescripción adquisitiva", resolvió acoger el recurso de apelación interpuesto y en su mérito revocar el decisorio atacado, haciendo lugar a ka demanda de prescripción adquisitiva.
FALLO COMPLETO.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SANTA FE.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/11/2013, CIFRADO COMO A00376651397 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Corte Suprema de Justicia. Santa Fe. Causa: A. y S. t. 246 p. 267-274. Autos: PERIN, Lorena del Pilar y otro c/ ASOCIACIÓN MUTUAL PERSONAL JERÁRQUICO BANCOS OFICIALES NACIONALES- Amparo s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. Cuestión: RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. IMPROCEDENCIA.AMPARO. TRATAMIENTO DE FERTILIZACION ASISTIDA. COBERTURA. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PROVINCIAL. JURISPRUDENCIA APLICABLE. Fecha: 16-OCT-2012.
FALLO COMPLETO.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SANTA FE.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/11/2013, CIFRADO COMO A00376650496 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Corte Suprema de Justicia. Santa Fe. Causa: A. y S. t. 246 p. 202-207. Autos: UBET, Jorge Antonio c/ MUNICIPALIDAD DE ROSARIO- Recurso Contencioso Administrativo s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. Cuestión: RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. PROCEDENCIA. PENSION. BENEFICIARIO. CÓNYUGE SUPÉRSTITE VARÓN. ORDENANZA 7680/04. APLICACION TEMPORAL. PRINCIPIO DE IGUALDAD. LEY PREVISIONAL. INTERPRETACION. Fecha: 16-OCT-2012.
FALLO COMPLETO.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SANTA FE.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/11/2013, CIFRADO COMO A00376649595 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Corte Suprema de Justicia. Santa Fe. Causa: A. y S. t. 246 p. 208-212. Autos: VEGA, Pedro Alberto c/ MUNICIPALIDAD DE SANTA FE- Recurso Contencioso Administrativo s/ RECURSO DE CASACIÓN. Cuestión: RECURSO DE CASACION INTERPUESTO POR LA MUNICIPALIDAD. IMPROCEDENCIA.PENSION. BENEFICIARIO. CÓNYUGE SUPÉRSTITE VARÓN. ORDENANZA MUNICIPAL. APLICACIÓN TEMPORAL. PRINCIPIO DE IGUALDAD. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PROVINCIAL. JURISPRUDENCIA APLICABLE. Fecha: 16-OCT-2012.
DOCTRINA
SEGURIDAD VIAL. UNA ASIGNATURA PENDIENTE A NIVEL MUNDIAL.
ORIGEN: ARGENTINA | FECHA 06/09/2013, CIFRADO COMO A00376648694 DE UTSUPRA.COM IUS.
Ref. Doctrina. Seguridad Vial. Una asignatura pendiente a nivel mundial. Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial. Antecedentes. Magnitud del problema, tendencias ascendentes. Marco de acción. Autora: Dra. Alejandra Gonzalez.
OTROS FALLOS:
A00376588327 - Cámara Civil y Comercial, Sala II de San Isidro. - Ref. Cámara Civil y Comercial, Sala II de San Isidro. Quiebra. Muerte de la fallida. Efectos sobre los bienes sujetos a desapoderamiento. Realización de los bienes. Competencia residual del juez del sucesorio.
Con fecha 8 de mayo de 2013, la Cámara Civil y Comercial, Sala II de San Isidro, en la causa " Reich, Raquel. Sucesión Ab Intestato", confirmó la providencia apelada, desestimando el tratamiento ante la existencia del proceso de quiebra de la causante, considerando que exceden la competencia residual propia del juez del sucesorio.
- ....................
San Isidro, 8 de mayo de 2013.
CONSIDERANDO:
1. La providencia de fs. 117 reiteró la inexistencia de fuero de atracción
entre este proceso sucesorio y la quiebra de la causante en trámite en jurisdicción
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ello había sido resuelto a fs. 34 y
confirmado por esta Alzada (fs. 69/70). No obstante, lo proveído a fs. 117 fue
apelado a fs. 118 por el mandatario de la coheredera Karen Sabina Gerson,
fundándose el recurso a fs. 120/126.
Afirma el apelante que en su presentación de fs. 115/116 no pretende
reeditar la cuestión ya resuelta, relativa a la existencia o no de fuero de atracción
entre estos obrados y la quiebra de la causante.
Expone que en dicho proceso falencial están próximos a liquidarse, |
mediante licitación pública, los derechos sucesorios que a la causante le
corresponden en las sucesiones de sus padres Manuel Reich y Berta Zbar de
Reich, y que, entonces, como dichos derechos forman parte del haber hereditario
de este expediente, deben realizarse en autos y no en aquel proceso, para que,
luego de abonarse los gastos de justicia, recién pueda disponerse allí del
resultante, debiendo en consecuencia, el sobrante, luego de pagarse las deudas
verificadas en la quiebra y sus gastos, ser repartido entre los herederos por la Juez
del sucesorio de acuerdo a las proporciones legales.
Por último, realiza una reseña del trámite de quiebra.
2. Aun cuando ya es un tema resuelto que no existe fuero de atracción entre
este [...] | ... Ampliar: ........................................................................................................................................................A00376587426 - CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA PLATA - Ref. CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA PLATA. NUEVO RÉGIMEN PROCESAL - LEY 26.274. ARTICULOS . 454 Y 455 DEL COD. PROC. PENAL de la NACIÓN. PRONUNCIAMIENTOS DE SALAS I, II Y III DEL TRIBUNAL. Autos: "Capobianco, Aurelio Hector s/ Inf. Arts. 292 y 296 del C.P.
- ....................
CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA
PLATA
NUEVO RÉGIMEN PROCESAL-LEY 26.274.
ARTICULOS . 454 Y 455 DEL COD.PROC.PENAL de la NACIÓN.PRONUNCIAMIENTOS DE SALAS I,
II Y III DEL TRIBUNAL.
SALA I
//Plata, 11 de septiembre de 2008. Rtro.S. I T. 67 f* 27
Y VISTOS: Para resolver en la presente causa registrada bajo el n* 4595/I, caratulada: "Capobianco, Aurelio Hector s/ Inf. Arts. 292 y 296 del C.P.", procedente del Juzgado Federal n* 2 de Lomas de Zamora; y,CONSIDERANDO: que, habiendo entrado en vigencia con fecha 29 de agosto del corriente la Ley 26.374 -que fija un nuevo régimen procesal para el recurso de apelación-, corresponde adoptar medidas tendientes a adecuar el proceso llevado a cabo en las actuaciones que resulten radicadas en | esta Sala, en atención a las dificultades materiales que se trasuntan de dicha reforma.
En efecto, del análisis detallado de los Arts. 6 y 7 de la mentada norma, surge el obstáculo insalvable que se originará para atender en tiempo oportuno la totalidad de los expedientes conforme la nueva redacción de los Arts. 454 y 455 del Código Procesal Penal de la Nación; ello toda vez que el Tribual no cuenta con los elementos materiales, técnicos, y humanos necesarios para afrontar con éxito su aplicación
Que, es en atención a ello que esta Sala Primera, a los fines de salvaguardar la celeridad del trámite que sin dudas se desprende del espíritu de la reforma legislativa en cuestión -precepto cuya observancia siempre se ha priorizado-, [...] | ... Ampliar: ........................................................................................................................................................A00376578416 - Cámara Civil y Comercial, Sala I, de Mercedes. - Ref. Cámara Civil y Comercial, Sala I, de Mercedes. Filiación. Daño Moral. Improcedencia.
Con fecha 25 de Abril de 2013, la Cámara Civil y Comercial, Sala I, de Mercedes, en la causa "B.J.C. c/ M.C.A. s/ Filiación" resolvió que es improcedente la indemnización por daño moral dado que la falta de reconocimiento de hijo no es antijurídica porque el régimen legal vigente impide promover acción de impugnación de paternidad matrimonial.
- ....................
En la ciudad de Mercedes, Provincia de
Buenos Aires, a los 25 días del mes de Abril de 2013, se reúnen en
Acuerdo Ordinario los señores Jueces de la Sala I de la Excma. Cámara
de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial
Mercedes de la Pcia. de Buenos Aires, Dres. ROBERTO ANGEL
BAGATTIN Y EMILIO ARMANDO IBARLUCIA, con la presencia de
la Secretaria actuante, para dictar sentencia en el Expte. Nº SI-113826 ,
en los autos: “B. J. C/ M. C. A. S/ ··FILIACION”.-
La Cámara resolvió votar las siguientes
cuestiones esenciales de acuerdo con los arts. 168 de la Constitución
Provincial y 266 del C.P.C.-
1ª.) ¿Es justa la sentencia apelada?
2ª.) ¿Que pronunciamiento corresponde
dictar?
Practicado el sorteo de ley dio el siguiente |
resultado para la votación: Dres. Emilio A. Ibarlucía y Roberto A.
Bagattin.-
VOTACION
A LA PRIMERA CUESTION
PLANTEADA, el señor juez Dr. Ibarlucía dijo:
I.- La sentencia de fs. 118/22 es apelada por
el demandado C. A. M., quien expresa agravios a fs. 149/51, los que no
son contestados.
El Ministerio Público Fiscal dictamina a fs.
154/55 y la Asesora de Incapaces lo hace a fs. 157/58, con lo que los
autos se hallan en condiciones de ser fallados.
II.- 1.- La sra. J. J. A. B., en representación de
sus hijos A. A. G. y A. E. G. promovió demanda de filiación e
indemnización de daños y perjuicios contra C. A. M., fundada en los
siguientes hechos. Dijo que el 15/04/94 había contraído
matrimonio con el sr. C. G. G., de [...] | ... Ampliar: ........................................................................................................................................................A00376577515 - Cámara Civil y Comercial, Sala II de Mar del Plata - Ref. Cámara Civil y Comercial, Sala II de Mar del Plata.Cuestión de competencia. Planteo de inconstitucionalidad. Resolución del Anses14/2002.
Con fecha 3 de Mayo de 2013, la Cámara Civil y Comercial, Sala II de Mar del Plata. en la causa"G.N s. Insania", desestimó el planteo de inconstitucionalidad del art. 4 párrafo segundo de la Resolución del ANSES 14/2002, que reglamenta los arts. 6 inc. b) y 15 inc. c) de la ley 24.714, formulado a fs. 1219-1225 por la Sra. Asesora de Incapaces titular de la Asesoría nº1, por entender que excedía la competencia material de este proceso de insania, y asimismo, su competencia en razón de la materia, de conformidad al art. 15 de la ley 24.463, reformado por el art. 3 de la ley 24.655.
- ....................
Expediente nº 107.207– Juzgado nº 13.
// En la ciudad de Mar del Plata a los días 3 del mes de Mayo del año
dos mil trece, reunida la Excelentísima Cámara de Apelación en lo Civil y
Comercial, Sala Segunda, en acuerdo ordinario a los efectos de dictar
sentencia en los autos: “G. N. s. Insania”. Habiéndose practicado
oportunamente el sorteo prescripto por los artículos 168 de la Constitución
de la Provincia y 263 del Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial,
resultó del mismo que la votación debía ser en el siguiente orden: Dres.
Roberto J. Loustaunau y Ricardo D. Monterisi.
El Tribunal resolvió plantear y votar las siguientes:
CUESTIONES
1) ¿Es justa la sentencia apelada?
2) ¿Que pronunciamiento corresponde dictar?
A la | primera cuestión el Sr. Juez Dr. Roberto J.
Loustaunau dijo:
I: En la sentencia interlocutoria dictada a fs. 1251-
1252, el Sr. Juez de primera instancia desestimó el planteo de
inconstitucionalidad del art. 4 párrafo segundo de la Resolución del ANSES
14/2002, que reglamenta los arts. 6 inc. b) y 15 inc. c) de la ley 24.714,
formulado a fs. 1219-1225 por la Sra. Asesora de Incapaces titular de la
Asesoría n°1, por entender que excedía la competencia material de este
proceso de insania, y asimismo, su competencia en razón de la materia, de
conformidad al art. 15 de la ley 24.463, reformado por el art. 3 de la ley
24.655. II: Apeló la Sra. Asesora a fs. 1456, el recurso le
fue concedido en relación a fs. 1457, y la [...] | ... Ampliar: ........................................................................................................................................................A00376576614 - Cámara Civil y Comercial, Sala I de Mercedes. - Ref. Cámara Civil y Comercial, Sala I de Mercedes. Acción de desconocimiento de paternidad. Reconvención. Control de Constitucionalidad.
Con fecha 4 de Abril de 2013, la Cámara Civil y Comercial, Sala I, de Mercedes, en la causa "H.E.J. c/ I.L.N. y ot. s/ Filiación", se refirió a la exigencia de "caso judicial" para el control de constitucionalidad y resolvió confirmar la sentencia apelada con la aclaración de que la cuestión de constitucionalidad traída a conocimiento ha de venido abstracta.
- ....................
En la ciudad de Mercedes, Provincia de
Buenos Aires, a los 4 días del mes de Abril de 2013, se reúnen en
Acuerdo Ordinario los señores Jueces de la Sala I de la Excma. Cámara
de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial
Mercedes de la Pcia. de Buenos Aires, Dres. ROBERTO ANGEL
BAGATTIN Y EMILIO ARMANDO IBARLUCIA, con la presencia de
la Secretaria actuante, para dictar sentencia en el Expte. Nº SI-114135 ,
en los autos: “H. E. J. C/ I. L. N. Y OT. S/ FILIACION”.-
La Cámara resolvió votar las siguientes
cuestiones esenciales de acuerdo con los arts. 168 de la Constitución
Provincial y 266 del C.P.C.-
1ª.) ¿Es justa la sentencia apelada?
2ª.) ¿Que pronunciamiento corresponde
dictar?
Practicado el sorteo de ley dio | el siguiente
resultado para la votación: Dres. Emilio A. Ibarlucía y Roberto A.
Bagattin.-
VOTACION
A LA PRIMERA CUESTION
PLANTEADA, el señor juez Dr. Ibarlucía dijo:
I.- La sentencia de fs. 146/49, que rechaza la
acción de desconocimiento de paternidad promovida por el sr. E. J. F. en
relación a la menor L. H., y a su vez hace lugar a la reconvención
deducida por la tutora ad-litem de esta última, declarando que la niña no
es hija de aquel, imponiendo las costas del proceso al actor, es apelada
por éste, quien expresa agravios a fs. 172/74, los que no son contestados.
El Asesor de Menores a fs. 177 dictamina a
favor de la confirmación de la sentencia, propiciando la revocación
parcial de la imposición de costas en el [...] | ... Ampliar: ........................................................................................................................................................A00376575713 - La Cámara Nacional Electoral se reunirá este martes con partidos políticos. - Ref. En el encuentro, el máximo tribunal electoral informará a representantes de los partidos de orden nacional y de los distritos Capital y Buenos Aires sobre cuestiones vinculadas a las recientes reformas normativas y otros aspectos de los próximos comicios.
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La Cámara Nacional Electoral convoca a los partidos políticos de orden nacional y a los distritales reconocidos en Capital Federal y Buenos Aires, a la audiencia a llevarse a cabo este martes, a las 12, en la sede del Tribunal, con el objeto de informales sobre las diversas cuestiones vinculadas con la instrumentación de las reformas introducidas por las leyes 26.744 y 26.774 y otros aspectos del proceso electoral en curso.
Para mayor información, los apoderados pueden comunicarse con la oficina Comunicaciones y Organización del Tribunal al teléfono (011) 4370-2561 o por correo electrónico a cnelectoral.comunicaciones@pjn.gov.ar
| [...] | ... Ampliar: ........................................................................................................................................................A00376573010 - Cámara Civil y Comercial, Sala III de San Isidro. - Ref. Cámara Civil y Comercial, Sala III de San Isidro. Amparo. Sistema Nacional de Salud. Competencia Federal.
Con fecha 25 de Abril de 2013, la Cámara Civil y Comercial, Sala III de San Isidro, en la causa " Scarselli, Analía Rita y otro contra Ominit S.A. de Servicios s/ Amparo" resolvió que las cuestiones concernientes al alcance de la cobertura médico -asistencial, que las obras sociales o prestadoras privadas de servicios médicos brindan a sus afiliados, deben ventilarse por ante la jurisdicción federal en razón de la materia, en tanto se encuentran regidas por las normas que regulan el Servicio Nacional de Salud de indudable naturaleza federal.
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En la ciudad de San Isidro, a los 25 días del mes de abril de Dos mil trece,
reunidos en Acuerdo los señores Jueces de la Sala Tres de la Excma. Cámara
Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial San Isidro,
doctores JUAN IGNACIO KRAUSE y MARIA IRUPE SOLANS, para dictar
sentencia interlocutoria en los autos caratulados: “SCARSELLI ANALIA RITA y
otro/a C/ OMINT S.A. DE SERVICIOS S/AMPARO” expediente nº SI-5019-2013;
practicado el sorteo pertinente (arts. 168 de la Constitución de la Provincia y 263 del
Código Procesal Civil y Comercial), resultó que la votación debía tener lugar en el
siguiente orden: Dres. Krause y Soláns resolviéndose plantear y votar las
siguientes:
C U E S T I O N E S
1ª ¿Se ajusta a | derecho a la sentencia apelada?
2ª ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?
V O T A C I O N
A la primera cuestión, el señor Juez doctor Krause dijo:
1º) Aun cuando la ley 13.928 establezca que en la acción de amparo no
podrán articularse cuestiones previas (art.22) y la ley 16.986 en su art. 16 excluya la
articulación por las partes de cuestiones de competencia, debe el tribunal
interviniente declarar su incompetencia cuando la materia sobre la que ha de
juzgarse es extraña a su jurisdicción (C.S.J.N., 10-12-87, FALLOS 310-2680;
Morello-Vallefin, “ El amparo. Régimen procesal”, pág. 88; Lazzarini, “El juicio de
amparo”, pág.295; causas 89.692 del 12-2-2002, 89.599 del 14-3-2002 entre otras
de la Sala IIª).
En el caso el amparo [...] | ... Ampliar: ........................................................................................................................................................A00376569406 - Cámara de Apelación de Quilmes, Sala Segunda. - Ref. Cámara de Apelación de Quilmes, Sala Segunda. Conducta sexual reprochable atribuida a un clérigo. Daños y perjuicios. Indemnización.
Con fecha 9 de abril de 2013, la la Sala Segunda de la Cámara de Apelación de Quilmes, en la causa "V. B. C. contra OBISPADO DE QUILMES sobre DAÑOS Y PERJUICIOS" (expt. 10335), resolvió rechazar el recurso interpuesto por la demandada, confirmando la sentencia de primera instancia en cuanto hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios.
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Lº sentencias DEFINITIVAS..................... Nº 19.
"V. B. C. C/OBISPADO DE QUILMES S/DAÑOS Y PERJUICIOS” (expt.
10335).
Registrado bajo el Nº.................35.......... Sala II.
En Quilmes, a los 9 días del mes de abril de 2013,
reunidos en Acuerdo Ordinario los Señores Jueces de la Sala Segunda de la
Excelentísima Cámara de Apelación Doctores Horacio Carlos Manzi, Julio
Ernesto Cassanello y Eleazar Abel Reidel, con la presencia del Señor Secretario
Doctor Gustavo Fuchs, se trajo a despacho para dictar sentencia los autos
caratulados " V. B. C. C/OBISPADO DE QUILMES S/DAÑOS Y
PERJUICIOS” (expt. 10335).
Y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 168 de la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires, 263 y 266 del Código | Procesal Civil y Comercial se
practicó el sorteo de ley que dió el siguiente orden de votación: Doctor Horacio
Carlos Manzi, Doctor Julio Ernesto Cassanello y Doctor Eleazar Abel Reidel.
LA EXCELENTISIMA CAMARA RESOLVIO PLANTEAR LAS
SIGUIENTES CUESTIONES:
1ra.) ¿ ES JUSTA LA SENTENCIA APELADA ?
2da.) ¿ QUE PRONUNCIAMIENTO CORRESPONDE DICTAR?
A LA PRIMERA CUESTION PLANTEADA EL SEÑOR JUEZ
DOCTORMANZI DIJO:
1 ) Fueron enviados los presentes actuados a este Tribunal a fin de
que se resuelva el recurso de apelación deducido por la demandada – a través de
su letrado apoderado (fs.409) – respecto de la sentencia dictada por el magistrado
de la instancia anterior (fs.397/406); que haciendo lugar a la demanda de daños y
perjuicios [...] | ... Ampliar: ........................................................................................................................................................A00376567604 - La Cámara Electoral se reunió con los fiscales federales de todo el país. - Ref. El encuentro tuvo como objetivo definir modalidades de control, investigación y sanción de cuestiones vinculadas con el financiamiento de los partidos y de las campañas, entre otras cuestiones que dependen de la intervención del Ministerio Público Fiscal.
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El pasado lunes se reunieron en la Cámara Nacional Electoral los fiscales federales electorales de todo el país, para definir modalidades de control, investigación y sanción de cuestiones vinculadas con el financiamiento de los partidos políticos y de las campañas electorales, entre otras cuestiones que dependen de la intervención del Ministerio Público Fiscal.
Con la participación de los jueces de la Cámara (Alberto Dalla Via, Rodolfo Munné y Santiago Corcuera) y del titular de la Fiscalía de Cámara, Felipe Di Lello, se examinaron las modalidades de trabajo de las fiscalías y se evaluaron medidas para fortalecer las funciones electorales de los fiscales.
| [...] | ... Ampliar: ........................................................................................................................................................A00376566703 - La Corte recibió el respaldo de organizaciones del Poder Judicial y de Cámaras Nacionales y Federales. - Ref. Es en adhesión a lo actuado por el Máximo Tribunal en afirmación de la independencia judicial y su rol como cabeza de uno de los poderes del Estado. Ingrese aquí para ver el listado de las comunicaciones recibidas y acceder a los documentos completos. - ....................
La Corte Suprema de Justicia de la Nación recibió comunicados y notas respaldando lo actuado por el Máximo Tribunal para la afirmación de la independencia judicial y de su rol como cabeza de un poder del Estado.
A continuación se publica el listado de las comunicaciones y se puede acceder a los respectivos documentos haciendo clic en cada una de las entidades y tribunales:
- Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional
- Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal
- Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia
- Cámara Nacional de Apelaciones | del Trabajo
- Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba
- Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza
- Cámara Federal de Apelaciones de Salta
- Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes
- Cámara Federal de Apelaciones de Posadas
- Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia
- Cámara Federal de Apelaciones de La Plata
- Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca
- Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil
- Cámara Federal de Apelaciones de General Roca
- Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal
- Cámara Federal de Apelaciones de Rosario
- Cámara Federal de la Seguridad Social
- Cámara Nacional en lo Penal Económico
- Cámara Federal de [...] | ... Ampliar: ........................................................................................................................................................ |