Utsupra: Sistema de Sitios Web: Obtener Página Web.

Ingrese Usuario:: Clave


Estudio Tomni & Asoc


:: TITULARES ::
Dr. Sergio Alejandro Tomni

:: ASOCIADOS ::
Dra. Adriana Lenoci | Dra. Sandra Criba | Dr.Fernando Glinsky | Lic.Betina Ianovsky

    :: Navegación ::

:: Novedades ::



    :: Quienes Somos


    :: Clientes


    :: Especialidad


    :: Servicios


    :: Links


    :: Novedades


    :: Contàctenos





:: Nuestras Novedades ::
::


INTER AMÉRICAN BAR ASSOCIATION Comunicándonos I

Editor Responsable: Profesor Doctor David Andrés Halperín
Mayo de 1999

Comunicándonos entre los miembros individuales de la F.I.A., será el vehículo para que los abogados de las Américas y desde el Cono Sur, sepamos interconferencias las actividades que desarrollamos. Será una señal de permanente abrazo fraterno entre todos aquellos que deseamos un Estado de Derecho, con respeto por los derechos humanos, con respeto a las garantías individuales y esencialmente el derecho de la defensa.
La Rama y Capítulo Argentino de Miembros Individuales de la Federación Interamericana de Abogados, esperan sus colaboraciones, esencialmente las actividades que dentro del ámbito territorial de cada país se llevan a cabo para fomentar así un fluido intercambio académico y cultural.
Un cordial abrazo y nos encontraremos en México.

Buenos Aires, mayo de 1999.


La FIA y los problemas actuales
Por el Dr. David Andrés Halperín

La Federación Interamericana de Abogados es una institución fundada en 1940, con sede en Washington.
En un primer momento fueron sus integrantes las organizaciones de profesionales. Concurrió al acto de fundación por la República Argentina, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires. En la actualidad el representante nacional por la República Argentina es la Federación Argentina de Colegios de Abogados.
Con posterioridad, la Federación Interamericana de Abogados admitió como asociados a los denominados miembros individuales.
Con tal motivo se creó aquí la Asociación de Miembros Individuales de la Federación Interamericana de Abogados. En un principio fueron sus presidentes Policarpo A. Yurrebaso Viale, Jaime Malamud, Alejandro Lastra, Adolfo E. Roca, Eduardo L. Gregorini Clusellas, Raúl A. Etcheverry y Diego C. Sanchez.
Funcionó en un principio como una simple asociación hasta que se constituyo
La Asociación de Miembros Individuales de la Federación Interamericana de Abogados Rama y Capítulo Argentino con fecha 11 de diciembre de 1996.
Su objeto fue el de promover a la Federación Interamericana de Abogados entre los abogados de la República Argentina, insitándoles a participar en sus actividades y conferencias.
Entonces, expresamente, se le reconoció a la nueva entidad su carácter de continuadora de la simple asociación antes referida.
En otro orden de ideas, corresponde destacar que la Federación Interamericana de Abogados siempre se ha preocupado por la armonización del derecho y por el respeto a los principios del Estado de Derecho.
En este sentido no podemos sino llamar la atención en cuanto a que en diversos países latinoamericanos se están dando tres factores que son susceptibles de poner en crisis los principios republicanos por los cuales se rigen. Estos tres factores son los siguientes: la corrupción, la vocación de sus gobernantes de perpetuarse en el poder a través de reelecciones y la crisis en la independencia del Poder Judicial.
El primero es un flagelo serio para el crecimiento de esos países, y debido a la desconfianza que él provoca, y, por ende, se dificulta seriamente la obtención de inversiones por parte de países centrales. De otra parte la corrupción se va generalizando en la sociedad provocando su rápido empobrecimiento. El segundo, es un hecho que se puede comprobar en diversos países latinoamericanos: el presidente electo por un período, plantea la necesidad de ser reelecto, rompiendo así las normas que rigieron su elección originaria, y con vocación de perpetuarse en el poder.
El último de los factores es quizás el que desde el ámbito institucional produce más repercusiones pues afecta el eje actual del principio de la separación de los poderes.
En efecto, tradicionalmente se aceptó una concepción acerca de las funciones del Estado que sostenía que el órgano (técnicamente es un término más preciso que poder) ejecutivo poseía la función de administrar, el legislativo la de sancionar leyes y el judicial la función jurisdiccional. Esta concepción o criterio era denominado subjetivo u orgánico, pues definía a las funciones que desarrollaba el Estado por el órgano que la desarrollaba, cedió paso a un criterio objetivo que advierte la presencia de las tres funciones del Estado en cada uno de los tres órganos. En consecuencia, no se puede definir ya a la función por el Órgano que la realiza, sino que como las tres funciones del Estado (administrativa, legislativa y jurisdiccional) son desarrolladas por los tres órganos, habrá que conceptualizar la función conforme a su contenido material. De allí su denominación de criterio o concepción objetivo o material.
En estas circunstancias una teoría de la división de los poderes tal como se la concebía decimonónicamente no es admisible. En tales circunstancias el eje central de la teoría de la separación de poderes se halla en el control de la legalidad de los actos del órgano legislativo y del órgano administrativo por parte del órgano judicial.
Esta concepción posee como presupuesto la independencia del órgano judicial para poder resolver las controversias donde los administrados cuestionen la legalidad de los actos de los órganos legislativo y ejecutivo. Así lo destaca DUVERGER en su ya clásica Instituciones Políticas y Derecho Constitucional, p•g. 125, Segunda Reimpresión, Méjico 1992, correspondiente a la edición de Barcelona 1980.
Adviértase que la temática de la independencia del órgano judicial como eje del sistema de la separación de poderes, también está presente en el derecho anglosajón. Así en la obra Constitucional Law, de Jerome A. BARROW y C. Thomas Dienes, lo primero que señala es que en un curso de derecho constitucional americano debe tratarse primeramente el ejercicio de la potestad de la revisión judicial (ver p•g. 68), tratando luego el control jurisdiccional de la legalidad constitucional de las leyes (ver la misma p•g. 68) como del obrar de la administración (ver p•g. 69.
Lo expuesto precedentemente se potencia frente a dos circunstancias más. La primera de ellas sé finca en el hecho que por distintas razones dentro del trío de poderes se ha producido un desbalanceo de facultades, concentrándose ellas en el órgano ejecutivo, ampliándose así sus prerrogativas.
La segunda se refiere a la exacerbación de determinados conceptos que, como el de la facultad discrecional, han llevado a que los jueces se auto- restrinjan, y - en consecuencia- declaren que los tribunales no pueden revisar la legalidad de las decisiones de la administración en ejercicio de facultades discrecionales, prescindiendo de examinar si, en rigor, la legalidad del acto respectivo está comprometida, aplicando las doctrinas que se han elaborado restringir la consideración acerca de cuándo una facultad es discrecional.
Si en el derecho público moderno y contemporáneo, lo esencial de la teoría de la separación de los poderes radica en el control de la legalidad del obrar de la administración y del parlamento, el hecho que las sociedades pongan en duda si el poder judicial es o no independiente constituye un hecho singularmente grave.
Los países de América deberán sentarse a pensar qué instrumentos deberán emplearse para poner freno a:
a) Una corrupción que, sin darnos cuenta, se generaliza y empobrece a las sociedades.
b) La vocación de perpetuarse en el poder a través de medios en apariencia democráticos.
c) La creencia social de que no existe un órgano judicial independiente.


Aporte a un programa de Realizaciones
Por el Dr. Cayetano Póvolo

Entre los objetivos y propósitos de la Federación Interamericana de Abogados se encuentra las de promover el Estado de Derecho y la administración de justicia; asegurar de esta manera la preservación y defensa de los derechos y libertades humanas; garantizar a los pueblos de este hemisferio el libre ejercicio de sus derechos civiles y políticos bajo los principios democráticos en que se fundaron estas naciones.
He aquí fines insoslayables de nuestra organización.
No podemos estar ausentes allí donde un abogado es discriminado, sufre alguna forma de persecución o por estar defendiendo derechos y libertades humanas es encarcelado.
En el transcurso del último año nos ha tocado personalmente ser partícipe del caso Delia Revoredo de Mur quién por decidir en forma distinta a lo que los intereses políticos indicaban se vio perseguida, debiendo incluso exilarse de su país.
La Federación Interamericana de Abogados tiene a nuestro entender la obligación permanente de asistir a los abogados de América en el ejercicio de su profesión y asistir a éstos. Constituye ésta la mejor forma de sostener el honor de la profesión jurídica.
También a través de ello se garantizará además de hacerlo en otra forma los derechos civiles y políticos de los ciudadanos de América.
En un mundo que tiende a ser cada vez más pequeño, dado la modernización de los medios de comunicación y en el cual las personas en forma individual o colectiva se desplazan en búsqueda de mejores oportunidades para sí y sus familias, emergen a diario nuevas oportunidades en las cuales las organizaciones de abogados pueden brindar nuevos y necesarios servicios.
Las relaciones de hermandad de las entidades intermedias de la abogacía ( barras, órdenes y colegios de abogados) constituyen herramientas de promoción y realización de servicios con la única limitación que la imaginación puede limitar.
Establecimiento del abogado, ejercicio de la profesión en el campo internacional, asistencia jurídica a los carenciados de las diversas naciones son solamente algunos ejemplos.
Próxima a celebrarse la Conferencia de Méjico, ámbito en el cual no dudamos se habrán de discutir todas las cuestiones de interés para la profesión y para los propósitos de la F.I.A. queremos resaltar lo que a nuestro entender constituye en definitiva el ámbito de protección de los derechos humanos.
En esta etapa consideramos también primordial la participación de las organizaciones de abogados en la realización de la Federación Interamericana de Abogados, ya sea, entre sus entidades nacionales y las propias de la región.
Hoy no es ya extraordinario que la organización de abogados de un país solicite apoyo a la de otros países para encarar un programa común. Muchas veces la idea tuvo comienzo en un encuentro de nuestra Federación.
Estos frutos de aporte a la realización de una, o conjunto de comunidades, lo permite la perfección de la comunicación moderna.
No estamos ya en Época de gesta sino de concretas y permanentes realizaciones.


Congresos Internacionales
Por el Dr. Alejandro M. Lapadú

En el mes de noviembre del pasado año, se llevaron a cabo en la Ciudad de Caracas, República de Venezuela, dos eventos internacionales vinculados con el derecho mercantil y el arbitraje comercial, en los cuales tuve el honor de ser invitado a disertar concerniente a El Arbitraje en el Mercosur.
En primer lugar, la U.N.C.I.T.R.A.L. (Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil), en unión con el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Venezuela y A.C.I.N. (Asociación Civil para la Integración de las Naciones) realizaron en la Sala Plenaria de Parque Central de Caracas, el Ier.Congreso Internacional de Derecho Mercantil / UNCITRAL que contó con la concurrencia de destacados conferencistas internacionales de primer nivel y el auspicio institucional de la Federación Interamericana de Abogados.
Podemos destacar la asistencia, entre otros, del Dr. Gerold Herrmann, Secretario de UNCITRAL, el Dr. Jernej Sekolec, delegado europeo de la UNCITRAL, el Dr. Rafael Illescas, Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid, España, el Dr. Erik Wilbers de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI),el Dr. Herbert Kronke de UNIDROIT, el Dr. Sergio Delgado de la Organización Mundial de Comercio (OMC), el Dr. A.J. Bennazar Zequeira, Vicepresidente de la F.I.A, la Dra. Guilhermina Lavoz Coimbra, consejera de la F.I.A. por Brasil, los Dres. Ra¹l Lozano Merino y Ulises Montoya, consejeros de la F.I.A. por el Per¹, el Dr.John Rooney Jr., de los Estados Unidos, presidente del comité de arbitraje de la F.I.A., el Dr. Carlos Sarmiento Sosa de Venezuela, ex-presidente de la F.I.A., el Dr. José Domingo Ray, Presidente Honorario del Comité Marítimo Internacional, de la Argentina y el Lic. Alejandro Arturo Solano, delegado de la Asamblea Legislativa de la República de El Salvador.
Otras importantes personalidades políticas regionales se hicieron presentes, advirtiendo la magnitud otorgada a este Ier. Congreso de Derecho Mercantil Internacional / UNCITRAL por la administración local, conteandose con la presentación del Sr. Presidente de la República de Venezuela Dr. Rafael Caldera, del Dr. Luis Alberto Fernández del Banco Central de Venezuela y del Sr. Ministro de Asuntos Internos Dr. Asdrúbal Aguiar.-
Entre los asistentes, resulta encomiable destacar a las representaciones de los gobiernos de Irán, Camerún, República Checa, Alemania, Holanda, Estados Unidos, El Salvador, España, etc...
Dichas jornadas resultaron por demás fructuosas atento que el nivel de excelencia de las exposiciones resultaron superlativas, abarcándose temáticas omnicomprensivas vinculadas con el comercio internacional, la insolvencia transfronteriza, las transacciones y comercio electrónico, los incoterms, los regímenes de letras de cambio, las Reglas de La Haya y Hamburgo, el arbitraje comercial, etc....-
En razón del singular suceso alcanzado por este conclave, en sus intensos cinco días de duración, las Naciones Unidas encomendaron a la Dra.Guilhermina Lavoz Coimbra, consejera de la F.I.A. por Brasil, la celebración del IIdo. Congreso Internacional de Derecho Mercantil / UNCITRAL, el que se llevará a cabo del 11 al 14 de agosto del corriente año, en la Ciudad de Río de Janeiro, Brasil.-
La preferencia del emplazamiento y la cronología asignada no resultan inconsecuentes, teniendo un particular significado, pues en esa ciudad y en el mes de agosto se congregan, como todos los años, los miembros del Comité Jurídico Interamericano de la Organización de Estados Americanos (O.E.A..-
Algunos de sus integrantes participarán como expositores de dicho congreso, en conjunto con funcionarios de las Naciones Unidas, miembros del Banco Mundial, del Banco Interamericano de Desarrollo, de la Federación Interamericana de Abogados y juristas de diferentes lugares del mundo.
De igual forma quedó instalada la concreta posibilidad que sea la Ciudad de Buenos Aires, en la República Argentina, la próxima sede del IIIer. Congreso Internacional de Derecho Mercantil / UNCITRAL, pautado para mediados del año 2000. -
Retomando los eventos venezolanos de fines de 1998, en segundo término y coetáneamente, el Ilustre Colegio de Abogados de Caracas, D.F., bajo la presidencia del Dr. Rafael Veloz García, consejero de la F.I.A. por Venezuela, organizó espléndidamente el IIIer.Congreso Internacional de Arbitraje, en los salones del Hotel Meliá Caracas, con la comparecencia de prestigiosos expositores, miembros del Tribunal Arbitral del Colegio de Abogados de Madrid, España, de la Corte de Arbitraje de París, Francia, del Tribunal Arbitral de Miami, Estados Unidos, sobresalientes especialistas locales y juristas de otras latitudes de América.-
Esta complementaria conferencia también resultó un éxito pese al enrarecido clima pre-electoral presidencial que tornaba extraña la atmósfera socio-política del país, en razón de la incertidumbre motivada por la entonces inminente contienda electoral.
Amén del arbitraje comercial, en este último evento se avanzó sobre temas vinculados con la mediación y la conciliación laboral, en función que se presentaban en trámite legislativo proyectos de leyes específicos por ante el parlamento venezolano.
Vasta atención se prestó a la experiencia argentina en ambas materias resultando ubérrimo el intercambio de posiciones doctrinarias, algunas veces encontradas, en función de la dispar legislación positiva de otros países de América.
Podemos anejar que para el transcurso del presente año el Ilustre Colegio de Abogados de Caracas, anunció la realización de otro Congreso Internacional de Arbitraje, ratificando y dotando de continuidad el rumbo progresista y de capacitación permanente en la materia que le supo imprimir la loable gestión de su presidente.
Como corolario, los antedichos congresos de arbitraje mercantil internacional, en unión con los que se realizarán en las Ciudades de Lima y Cuzco, en el Perú, así como el proyectado en la Ciudad de San Salvador, República de El Salvador, y la XXXV Interamerican Bar Association Conference, que se celebrará en México D.F., República de México, en junio próximo, constituirán una serie importante de eventos internacionales de primer nivel, mas que interesantes, auspiciados por la Federación Interamericana de Abogados, que promoverán el inexcusable intercambio y evolución del derecho en la región americana, a los umbrales del nuevo milenio.


NUEVAS AUTORIDADES DE LA RAMA Y CAPITULO ARGENTINO

En Asamblea General Ordinaria llevada a cabo en la sede del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires el 22 de marzo de 1999, fueron electas las nueva autoridades de la Rama y Capitulo Argentino de la Federación Interamericana de Abogados.

Presidente: Dr. DAVID ANDRES HALPERIN
Vice-Presidente 1: Dr. AMBROSIO LUIS BOTTARINI
Vice-Presidente 2: Dr. JOSE MARIA COLOMBO
Secretaria: Dra. MARTA CUESTA
Tesorera: Dra. AURORA CUESTA
Vocales titulares: Dr. ALEJANDRO DAMASO ACUÑA
Dr. CARLOS VILLALBA
Dr. CARLOS CORVO
Dr. PABLO A . HORVATH
Dra. BEATRIZ MARTORELLO
Dra. MARIA ALBA IRIARTE DE LOFIEGO
Vocal suplente: Dr. ALEJANDRO LAPADÚ
Revisores de Cuentas: Dr. JORGE R. VANOSSI
Dr. RAUL ETCHEVERRY
Dr.EDUARDO GREGORINI
CLUSELLAS
Revisores de Cuenta Suplentes: Dr. ALFREDO EMILIOZZI
Dra. MARÍA ALEJANDRA PASQUET

En la misma Asamblea se resolvió por unanimidad apoyar la candidatura a primer Vicepresidente de la FIA al Dr. Cayetano Póvolo.





::


   Utsupra WebSite ::
   Estudio Tomni & Asoc
   Argentina






   Tel :: 15-6929-5575 y 4581-9375

   Fax ::

   Email:: cstomni@cpacf.org.ar
      




   
:: Sitio Web :: http://utsupra.com/sitios/estudiotomni

   Facebook ::                   Twitter ::

   Utsupra :: www.utsupra.com/sitios/estudiotomni